Apunte histórico No. 7 - Así fueron juzgados los delitos de violencia sexual, esclavitud sexual y esclavitud doméstica

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La sentencia está basada en la legislación guatemalteca, de acuerdo con lo regulado en el Código Penal, que tipifica los delitos de la siguiente forma: en su artículo 378 delito contra los deberes de la humanidad; en el artículo 132 delito de asesinato; y en el artículo 201 TER delito de desaparición forzada.

Esteelmer Francisco Reyes Girón (conocido como Teniente Reyes) fue encontrado culpable de delitos contra los deberes de la humanidad en sus formas de: violencia sexual. Además, de tratos humillantes y degradantes a once mujeres mayas q'eqchi'. En el juicio se comprobó que Reyes Girón, en su calidad de Sub-teniente de artillería del ejército de Guatemala, fue comandante de pelotón y designado en el destacamento militar Sepur Zarco, en donde autorizó y consintió los hechos ocurridos. Se dictó una pena de 30 años de prisión.

Asimismo, se le encontró culpable de los delitos de asesinato de Dominga Coc y sus dos hijas, las niñas Hermelinda y Anita Seb Coc. La señora Coc fue retenida en el destacamento y asesinada junto a sus dos hijas en el Río Roquepur. En la exhumación realizada a orilla del río Roquepur se encontraron evidencias que comprobaron dicho asesinato.

La sentencia indica que Reyes Girón era jefe del destacamento y por lo tanto tuvo conocimiento de lo ocurrido. Se le dictó una pena de 30 años de cárcel por cada una de las tres víctimas de asesinato. El total de la condena impuesta al señor Reyes Girón es de 120 años de prisión inconmutables.

Heriberto Valdez Asig (conocido como El Canche Asig) fue encontrado culpable de delitos contra los deberes de la humanidad en sus formas de: violencia sexual, de tratos humillantes y degradantes a mujeres mayas q'eqchi'. En el juicio se comprobó que Valdez Asig, como comisionado militar de Panzós, Alta Verapaz, guió a los soldados del ejército de Guatemala a la comunidad de Sepur Zarco, donde se realizó la detención ilegal de líderes comunitarios que estaban haciendo gestiones de tierra; quienes están desaparecidos hasta la fecha.

En el juicio se estableció la responsabilidad de Asig en siete desapariciones. Por el delito de desaparición forzada de siete hombres, se le impuso una pena de 30 años por cada uno de ellos; lo cual suma 210 años de prisión. Por los delitos de deberes contra la humanidad en su forma de violencia sexual y tratos humillantes y degradantes contra la población civil, se le impuso una pena de 30 años. El total de la condena impuesta al señor Valdez Asig es de 240 años de prisión inconmutables.

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