¡Participemos! elijamos las planillas y comisiones de trabajo

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Revisión del 21:41 11 jul 2019

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Competencia Marco No. 13

Manifiesta capacidades, actitudes, habilidades, destrezas y hábitos para el aprendizaje permanente en los distintos ámbitos de la vida. 

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Declaremos

Participamos en el empadronamiento con responsabilidad y puntualidad.

Esta es nuestra responsabilidad cívica para ejercer nuestro derecho al voto. ¡No dejemos que solo algunos decidan por nosotros! 

El Ined de Cantón San Juan, San Miguel Chicaj, Baja Verapaz; nos comparte que los candidatos deben además, ser aplicados en los estudios, honrados, activos, creativos, colaboradores, respetuosos, responsables y honestos.

Las planillas y comisiones de trabajo escolares, vienen siendo los partidos políticos y sus equipos de trabajo. Estas planillas o partidos políticos y sus comisiones están integrados por estudiantes de diferentes grados. Los equipos nos organizamos con la principal motivación de servir y buscar la solución de problemas que afectan a los estudiantes o a la comunidad en general.

Los estudiantes que participemos como candidatos debemos ser propuestos por nuestros mismos compañeros, quienes tomarán en cuenta nuestra honorabilidad, capacidad y liderazgo.

Consideremos[editar | editar código]

Que entre más representada esté la diversidad cultural, la equidad de género y la inclusión de nuestros compañeros con capacidades especiales, más fortalecida estará nuestra planilla y comisiones de trabajo.

Observemos[editar | editar código]

Los procesos que implica elegir las planillas y comisiones de trabajo.

1
Informarnos en la convocatoria.
2
Organizar las planillas y comisiones con equidad en la participación de hombres y mujeres y representaciones culturales.
3
Preparar el plan de trabajo y el símbolo del partido.
4
Preparar y desarrollar la campaña electoral.
5
Inscribirse ante la Junta Electoral Estudiantil.

Revisemos[editar | editar código]

El Acuerdo Ministerial No. 1745-2000 establece por quiénes estará integrado el Gobierno Escolar, así como los valores que debemos fortalecer a través de esta experiencia 

Artículo 4°. Estructura de un Gobierno Escolar. El Gobierno Escolar estará integrado de la siguiente forma:

Un(a) presidente(a)
Un(a) vicepresidente(a)
Un(a) secretario(a)
Un(a) Tesorero(a)
Un(a) representante por grado (electos por cada grado)
Un líder o lideresa de las distintas comisiones que sean necesarias.

También está normada la forma de elección y temporalidad del Gobierno Escolar.

Artículo 8°. Forma de elección del Gobierno Escolar. La elección de los distintos cargos dentro de un Gobierno Escolar se hará en forma totalmente democrática, respetando en cualquier momento el criterio de los estudiantes, utilizando el mecanismo adecuado para la elección del Gobierno Escolar, velando siempre por la participación equitativa de niños y niñas.

Artículo 9°. Tiempo de duración de un Gobierno Escolar. El tiempo de duración de un Gobierno Escolar será de un año lectivo, y los docentes en todo momento velarán para que en ese período se fortalezcan los valores democráticos que persiguen los objetivos de su organización, estimulando siempre la participación de todos los estudiantes.

Identifiquemos[editar | editar código]

Las funciones principales de los aspirantes a integrar el Gobierno Escolar. 

Presidente 

Término utilizado, a menudo, como un saber hacer. Se suele aceptar que, por orden creciente, en primer lugar estaría la habilidad, en segundo lugar la capacidad, y la competencia se situaría a un nivel superior e integrador. Capacidad es, en principio, la aptitud para hacer algo. Todo un conjunto de verbos en infinitivo expresan capacidades (analizar, comparar, clasificar, etc.), que se manifiestan a través de determinados contenidos (analizar algo, comparar cosas, clasificar objetos, etc.). Por eso son, en gran medida, transversales, susceptibles de ser empleadas con distintos contenidos. Una competencia moviliza diferentes capacidades y diferentes contenidos en una situación. La competencia es una capacidad compleja, distinta de un saber rutinario o de mera aplicación.

Significa que se da un trato diferenciado a mujeres y hombres con el fin de compensar el desequilibrio histórico y social que impide a las mujeres participar activamente y de la misma manera que los hombres en el desarrollo de sus sociedades.

Documento por medio del cual el Despacho Superior del Ministerio resuelve o acuerda la resolución de un asunto. Es firmado y autorizado por el Ministro (a) y refrendado por un Viceministro (a).