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Línea 53: Línea 53:  
== Título III. Garantías Personales De Educación ==
 
== Título III. Garantías Personales De Educación ==
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Derechos y Obligaciones
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=== Derechos y Obligaciones ===
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=== Capítulo I. OBLIGACIONES ===
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==== Capítulo I. OBLIGACIONES ====
    
'''Artículo 33. Obligaciones del Estado.''' Son obligaciones del Estado las siguientes:
 
'''Artículo 33. Obligaciones del Estado.''' Son obligaciones del Estado las siguientes:
Línea 107: Línea 107:  
w) Crear, mantener e incrementar centros de educación con orientación ocupacional, así como fomentar la formación técnica y profesional de acuerdo a la vocación de la región.
 
w) Crear, mantener e incrementar centros de educación con orientación ocupacional, así como fomentar la formación técnica y profesional de acuerdo a la vocación de la región.
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x) Construiredificioseinstalacionesescolaresparacentros Oficiales.
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x) Construir edificios e instalaciones escolares para centros Oficiales.
    
y) Dotar a todos los centros educativos oficiales de la infraestructura, mobiliario escolar y enseres necesarios para el buen desarrollo del proceso enseñanza- aprendizaje.
 
y) Dotar a todos los centros educativos oficiales de la infraestructura, mobiliario escolar y enseres necesarios para el buen desarrollo del proceso enseñanza- aprendizaje.
Línea 131: Línea 131:  
b) Enviar a sus hijos a los centros educativos respectivos de acuerdo a lo establecido en el artículo 74 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
 
b) Enviar a sus hijos a los centros educativos respectivos de acuerdo a lo establecido en el artículo 74 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
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c) Brindarasushijoselapoyomoralymaterialnecesario para el buen desarrollo del proceso educativo.
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c) Brindar a sus hijos el apoyo moral y material necesario para el buen desarrollo del proceso educativo.
    
d) Velar porque sus hijos cumplan con las obligaciones establecidas en la presente ley y en reglamentos internos de los centros educativos.
 
d) Velar porque sus hijos cumplan con las obligaciones establecidas en la presente ley y en reglamentos internos de los centros educativos.
Línea 205: Línea 205:  
b) Las comprendidas en los incisos b, e, f, g, h, y m, del Artículo 37 de la presente ley, en ausencia del Director del establecimiento.
 
b) Las comprendidas en los incisos b, e, f, g, h, y m, del Artículo 37 de la presente ley, en ausencia del Director del establecimiento.
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=== Capítulo II. Derechos ===
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==== Capítulo II. Derechos ====
    
'''Artículo 39. Derechos de Educandos.''' Son derechos de los educandos:
 
'''Artículo 39. Derechos de Educandos.''' Son derechos de los educandos:
Línea 253: Línea 253:  
b) Participar en las decisiones relacionadas con el proceso educativo dentro y fuera del establecimiento.
 
b) Participar en las decisiones relacionadas con el proceso educativo dentro y fuera del establecimiento.
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c) Organizarselibrementeenasociacionesdeeducadores, sindicatos, cooperativas o en forma conveniente para el pleno ejercicio de sus derechos individuales y colectivos para el estudio, mejoramiento y protección de sus intereses económicos y sociales.
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c) Organizarse libremente en asociaciones de educadores, sindicatos, cooperativas o en forma conveniente para el pleno ejercicio de sus derechos individuales y colectivos para el estudio, mejoramiento y protección de sus intereses económicos y sociales.
    
d) Mantenerse en el goce y disfrute de los Derechos establecidos en el Decreto Legislativo 1485, Ley de Dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional, en las leyes laborales del país, Constitución Política de la República de Guatemala y Convenios Nacionales.
 
d) Mantenerse en el goce y disfrute de los Derechos establecidos en el Decreto Legislativo 1485, Ley de Dignificación y Catalogación del Magisterio Nacional, en las leyes laborales del país, Constitución Política de la República de Guatemala y Convenios Nacionales.
Línea 275: Línea 275:  
m) Gozar de inamovilidad a su cargo de acuerdo a lo establecido en la ley de Catalogación y Dignificación del Magisterio.
 
m) Gozar de inamovilidad a su cargo de acuerdo a lo establecido en la ley de Catalogación y Dignificación del Magisterio.
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n) Serubicadooficialmenteenelnivelquelecorresponde.
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n) Ser ubicado oficialmente en el nivel que le corresponde.
    
ñ) Apelar ante las autoridades competentes en caso de inconformidad en la evaluación.
 
ñ) Apelar ante las autoridades competentes en caso de inconformidad en la evaluación.
Línea 302: Línea 302:     
'''Artículo 51. Orientación y Capacitación Ocupacional Especial.''' El Ministerio de Educación, promoverá y apoyará la creación de centros y programas de orientación y capacitación ocupacional para discapacitados, a fin de propiciar su independencia personal e integración al medio de trabajo.
 
'''Artículo 51. Orientación y Capacitación Ocupacional Especial.''' El Ministerio de Educación, promoverá y apoyará la creación de centros y programas de orientación y capacitación ocupacional para discapacitados, a fin de propiciar su independencia personal e integración al medio de trabajo.
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[[Categoría:Necesidades Educativas Especiales]]
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[[Categoría:Leyes]]
    
== Título X. Becas ==
 
== Título X. Becas ==