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La Constitución Política de la República de Guatemala establece como requisitos que estas personas cumplan con méritos de conocimiento, idoneidad y honorabilidad. Art. 113.
 
La Constitución Política de la República de Guatemala establece como requisitos que estas personas cumplan con méritos de conocimiento, idoneidad y honorabilidad. Art. 113.
 
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<center>'''Participación política'''</center>
 
<center>'''Participación política'''</center>
    
Es la posibilidad que tienen los ciudadanos de incidir en bajo o alto grado en los asuntos del Estado. Son las actividades mediante las cuales una sociedad interviene en la elección de sus gobernantes y en la construcción de las políticas de gobierno.
 
Es la posibilidad que tienen los ciudadanos de incidir en bajo o alto grado en los asuntos del Estado. Son las actividades mediante las cuales una sociedad interviene en la elección de sus gobernantes y en la construcción de las políticas de gobierno.
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