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− | Las acciones que pueden producir un daño o sufrimiento emocional a la víctima y a sus hijos e hijas y que buscan intimidarla, destruir su autoestima y controlarla son propias de la violencia { psicologica (i)|psicológica (i) _11} | + | * Las acciones que pueden producir un daño o sufrimiento emocional a la víctima y a sus hijos e hijas y que buscan intimidarla, destruir su autoestima y controlarla son propias de la violencia { psicologica (i)|psicológica (i) _11} |
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− | Este tipo de violencia consiste en acciones de agresión en las que se utiliza la fuerza corporal directa o por medio de cualquier objeto, arma o sustancia con la que se causa daño, sufrimiento físico, lesiones o enfermedad a la mujer, y su nombre es violencia { fisica (i)|física (i) _6} | + | * Este tipo de violencia consiste en acciones de agresión en las que se utiliza la fuerza corporal directa o por medio de cualquier objeto, arma o sustancia con la que se causa daño, sufrimiento físico, lesiones o enfermedad a la mujer, y su nombre es violencia { fisica (i)|física (i) _6} |
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− | Acciones de violencia física o psicológica cuya finalidad es vulnerar la libertad e integridad física y sexual de la mujer, incluyendo la humillación sexual, la prostitución forzada y la denegación del derecho a hacer uso de métodos de planificación familiar, tanto naturales como artificiales, o del derecho a adoptar medidas de protección contra enfermedades de transmisión sexual, son propias de la violencia { sexual (i) _6} | + | * Acciones de violencia física o psicológica cuya finalidad es vulnerar la libertad e integridad física y sexual de la mujer, incluyendo la humillación sexual, la prostitución forzada y la denegación del derecho a hacer uso de métodos de planificación familiar, tanto naturales como artificiales, o del derecho a adoptar medidas de protección contra enfermedades de transmisión sexual, son propias de la violencia { sexual (i) _6} |
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− | La violencia { economica (i) _9} se caracteriza por acciones u omisiones que repercuten en el uso, goce, disponibilidad o accesibilidad de una mujer a los bienes materiales que le pertenecen por derecho, por matrimonio o unión, por capacidad o por herencia; causándole retención o pérdida de objetos o bienes materiales de ella o del grupo familiar; así como la retención de instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o recursos económicos. (violencia económica) | + | * La violencia { economica (i) _9} se caracteriza por acciones u omisiones que repercuten en el uso, goce, disponibilidad o accesibilidad de una mujer a los bienes materiales que le pertenecen por derecho, por matrimonio o unión, por capacidad o por herencia; causándole retención o pérdida de objetos o bienes materiales de ella o del grupo familiar; así como la retención de instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o recursos económicos. (violencia económica) |
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− | La violencia { social (i) _6} se refiere a aquellas conductas y costumbres dentro de una sociedad que contribuyen a perpetuar la violencia contra las mujeres. | + | * La violencia { social (i) _6} se refiere a aquellas conductas y costumbres dentro de una sociedad que contribuyen a perpetuar la violencia contra las mujeres. |
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