Protocolo de regreso a clases para directores de centros educativos - Introducción

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Presentación[editar | editar código]

Tomando en cuenta la importancia de un regreso seguro a los centros educativos, en el marco de los efectos provocados por la pandemia COVID-19, el Ministerio de Educación ha preparado un conjunto de protocolos que reúnen y desarrollan las medidas necesarias para limitar la propagación del virus y permitir el desarrollo de los procesos educativos en los diferentes sectores y niveles en el Sistema Educativo Nacional.

La implementación de los protocolos se apoya en el Sistema de Gobernanza para la Gestión de Riesgo y Desastres para la Seguridad Escolar (Acuerdo Ministerial 247-2014)[1] con la finalidad de articular procesos y esfuerzos para actuar como una red integrada en un marco común de acción en materia de seguridad, salud e higiene. Este documento presenta los lineamientos administrativos y técnicos para garantizar que el retorno seguro de los estudiantes, docentes, colaboradores y personal que labora en el centro educativo, mantenga las medidas de prevención para reducir el riesgo de esparcir la COVID-19 y para generar condiciones que favorezcan el aprendizaje.

Este protocolo tiene como propósito fundamental orientar el proceso en general para el retorno a clases de manera segura. Está dirigido a los directores, directoras y Comités Escolares de Gestión de Riesgo de todos los centros educativos del país, en todos los niveles educativos. El rol del director es fundamental debido a que bajo su gestión se debe coordinar la implementación de todas las acciones establecidas en el presente protocolo y garantizar a nivel local la aplicación de las medidas de salud e higiene que fortalezcan el retorno seguro de los estudiantes y docentes, con el apoyo del Comité Escolar de Gestión de Riesgo, el cual preside.

Se debe garantizar la atención a las necesidades específicas de la niñez, jóvenes y adultos con necesidades educativas especiales asociadas o no a discapacidad, para que sean incluidos en las medidas de protección de la salud, adaptando el presente protocolo a sus necesidades personales. Es importante mencionar que la COVID-19 es una enfermedad nueva y que aún queda mucho por aprender acerca de la transmisibilidad y otras variables que todavía no se han estudiado a profundidad, por lo cual el protocolo está sujeto a actualizaciones constantes. Este protocolo es de observancia obligatoria en todos los centros educativos del Sistema Educativo Nacional.

Estructura general[editar | editar código]

Figura 1 protocolo director.jpg

El protocolo contiene los lineamientos de prevención y respuesta ante la COVID-19 en los centros educativos, previos a la apertura, para la apertura y durante la permanencia, dirigidos a estudiantes, docentes, directores y personal administrativo, así como la ruta para identificar el posible cierre a partir de la presencia de casos sospechosos o positivos de COVID-19.

La estructura de este protocolo es la siguientes:

  1. Disposiciones generales y generalidades de la enfermedad: aborda los principales conceptos y definiciones acerca de la enfermedad COVID-19 para darle soporte a la comprensión de la misma y poder brindar los elementos básicos sobre el virus para la adecuada socialización de la información en la comunidad educativa.
  2. Acciones del director y del Comité Escolar de Gestión de Riesgo: se describen las principales acciones que los directores de los centros educativos y el Comité Escolar de Gestión de Riesgo deberán atender y realizar previamente y a lo largo del proceso de apertura de los centros educativos.
  3. Actividades preparatorias previo al regreso a clases: son todos los procesos a llevar a cabo previo al regreso presencial a los centros educativos, especialmente el proceso general de regreso a clases, el cual involucra una serie de acciones coordinadas tanto en el centro educativo, como a nivel de la supervisión, Dirección Departamental de Educación y a nivel central del Ministerio de Educación.
  4. Actividades durante el proceso de apertura de los centros educativos: esta etapa es llevada a cabo cuando ya se han cumplido con todas las condiciones y procedimientos previos a la misma. En ella se describen las acciones y medidas que se deben tomar para el momento de ingreso al centro educativo, durante las clases presenciales, el uso de espacios comunes, la limpieza del establecimiento y en el tiempo de salida para el retorno a casa.
  5. Acciones de monitoreo permanente: explica las acciones a llevar a cabo para realizar el monitoreo permanente; estas permiten tener un sistema de alerta temprana que ayude a la identificación de casos sospechosos para hacer un cierre de un aula, grado o sección o del centro educativo de manera preventiva.
  6. Roles de los actores del proceso: se explican y exponen acciones para el funcionamiento en general del centro educativo que permitan un regreso a clases seguro, así como el desarrollo de funciones claras para los docentes, padres y madres de familia, estudiantes y del Comité Escolar de Gestión de Riesgo.

Objetivo general[editar | editar código]

Establecer los lineamientos técnicos para el director y el Comité Escolar de Gestión de Riesgo del centro educativo, en materia de salud e higiene para la continuidad del aprendizaje de forma presencial en los centros educativos, así como de la detección temprana y la ruta de atención y referencia de potenciales casos de COVID-19 al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS).

Objetivos específicos[editar | editar código]

Explicar las generalidades de la enfermedad COVID-19 y sus formas de contagio para la sensibilización y comunicación a la comunidad educativa.

  • Especificar las medidas básicas de prevención ante la COVID-19.
  • Identificar a los grupos vulnerables en cada centro educativo y determinar acciones específicas para ellos.
  • Exponer y coordinar las acciones que deben realizar cada uno de los actores involucrados en las actividades de prevención.
  • Describir los indicadores y mecanismos para la toma de decisiones durante la apertura y cierre del centro educativo (en caso de necesidad).
  • Identificar, aislar y referir los casos sospechosos dentro del centro educativo.
  • Establecer los lineamientos que se deben tomar en cuenta para el retorno seguro al centro educativo si se ha sufrido de contagio de la COVID-19.

Disposiciones generales[editar | editar código]

Figura 2 protocolo director.jpg

La reapertura de los centros educativos se basará en los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) con base en el Tablero de Alertas COVID-19 u otro mecanismo que se considere conveniente. El código de salud, establece que el ente rector ante la epidemia es el Ministerio de Salud: «En caso de epidemia o riesgo socioambiental, el Ministerio de Salud, conjuntamente con las demás instituciones del Sector y otros sectores involucrados, deberán emitir las normas y procedimientos necesarios para proteger a la población»[2].

El protocolo integra acciones que se deben realizar antes y durante el retorno seguro a clases presenciales, basados en cuatro principios básicos establecidos por UNICEF para el retorno seguro y sostenible a los centros educativos: mantener a las personas sintomáticas en casa, lavado de manos, distanciamiento físico y social, disponibilidad de agua, saneamiento, higiene y ventilación[3].

Las medidas establecidas para la seguridad de los estudiantes y el personal que labora en el centro educativo deben ser adaptadas y contextualizadas al entorno, analizando la intensidad de contagio, el entorno social y cultural y la capacidad de las personas para cumplir con las mismas. Estas acciones están bajo la gestión del director y el Comité Escolar de Gestión de Riesgo.

El retorno presencial debe ser un proceso voluntario en donde los padres de familia o encargados autorizan la asistencia presencial de los estudiantes al centro educativo. El modelo de entrega educativa será en la modalidad híbrida o mixta para mantener seguros a los estudiantes, docentes y personal del centro educativo. Tomar en cuenta que las acciones establecidas en el protocolo deben ser planificadas con anticipación para evitar la improvisación, por lo que se sugiere considerarlo para la llegada oportuna del director y docentes al centro educativo previo a iniciar clases presenciales con los estudiantes.

Modelo híbrido: Se refiere a un modelo de entrega educativa que combina el aprendizaje en el aula y el aprendizaje en casa.

Notas[editar | editar código]

  1. Acuerdo Ministerial 247-2014 [Ministerio de Educación]. Sistema de Gobernanza en la Gestión de Riesgo y Desastres para la Seguridad Escolar. 23 de enero de 2014.
  2. Decreto 90-97, Código de Salud. [Congreso de la República de Guatemala]. Artículo 58 sobre la vigilancia de la salud. 03 de noviembre de 1997.
  3. Foro virtual Mejorar la calidad de la educación del Ciclo Básico y regreso a clases 2021. Guía para el regreso seguro al centro educativo: Lecciones aprendidas desde España, Italia, Argentina, Colombia y Vietnam Dr. Antonio Quispe.

Fase de desarrollo o puesta en práctica de un currículum o programa educativo. Comprende el conjunto de procesos encaminados a adaptar el plan innovador. Puede ser juzgada en función de su “fidelidad” al diseño oficial o, por el contrario, por la adaptación propia que se hace a los contextos específicos.

Documento por medio del cual el Despacho Superior del Ministerio resuelve o acuerda la resolución de un asunto. Es firmado y autorizado por el Ministro (a) y refrendado por un Viceministro (a).

Una deficiencia física, mental o sensorial que puede ser de naturaleza permanente o temporal, causada o agravada por el entorno físico, económico y social, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades de la vida diaria. Es un término genérico que incluye déficit, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación. Por lo tanto, es el resultado de la interacción negativa entre un individuo (con déficit o una condición de salud adversa) y sus factores contextuales (ambientales y personales).

Las “promesas” que los miembros de un equipo hacen uno al otro sobre su comportamiento.

Término utilizado, a menudo, como un saber hacer. Se suele aceptar que, por orden creciente, en primer lugar estaría la habilidad, en segundo lugar la capacidad, y la competencia se situaría a un nivel superior e integrador. Capacidad es, en principio, la aptitud para hacer algo. Todo un conjunto de verbos en infinitivo expresan capacidades (analizar, comparar, clasificar, etc.), que se manifiestan a través de determinados contenidos (analizar algo, comparar cosas, clasificar objetos, etc.). Por eso son, en gran medida, transversales, susceptibles de ser empleadas con distintos contenidos. Una competencia moviliza diferentes capacidades y diferentes contenidos en una situación. La competencia es una capacidad compleja, distinta de un saber rutinario o de mera aplicación.