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! Concepto
 
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! Tipo penal
 
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! Penal
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| Violación
 
| Violación
 
| Quien con violencia física o psicológica, tenga acceso carnal vía vaginal, anal o bucal con otra persona o le introduzca cualquier partedelcuerpouobjetos, porcualquieradelasvíasseñaladas u obligue a otra persona a introducírselos a sí misma. Siempre se comete este delito cuando la persona contra quien se comete sea menor de catorce años de edad o cuando sea una persona con incapacidad volitiva o cuando medie violencia física o psicológica.
 
| Quien con violencia física o psicológica, tenga acceso carnal vía vaginal, anal o bucal con otra persona o le introduzca cualquier partedelcuerpouobjetos, porcualquieradelasvíasseñaladas u obligue a otra persona a introducírselos a sí misma. Siempre se comete este delito cuando la persona contra quien se comete sea menor de catorce años de edad o cuando sea una persona con incapacidad volitiva o cuando medie violencia física o psicológica.
 
| Pena de prisión de ocho a doce años.
 
| Pena de prisión de ocho a doce años.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Agresión sexual
 
| Agresión sexual
 
| Quien con violencia física o psicológica, realice actos con fines sexuales o eróticos a otra persona, al agresor o a sí misma, siempre que no constituya delito de violación. Siempre se comete este delito cuando la persona contra quien se comete sea menor de catorce años de edad o cuando sea una persona con incapacidad volitiva o cuando medie violencia física o psicológica.
 
| Quien con violencia física o psicológica, realice actos con fines sexuales o eróticos a otra persona, al agresor o a sí misma, siempre que no constituya delito de violación. Siempre se comete este delito cuando la persona contra quien se comete sea menor de catorce años de edad o cuando sea una persona con incapacidad volitiva o cuando medie violencia física o psicológica.
 
| Sancionado con cinco a ocho años de prisión.
 
| Sancionado con cinco a ocho años de prisión.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Exhibicionismo sexual
 
| Exhibicionismo sexual
 
| Quien ejecute o hiciere ejecutar a otra persona, actos sexuales frente a personas menores de edad o personas con incapacidad volitiva o cognitiva.
 
| Quien ejecute o hiciere ejecutar a otra persona, actos sexuales frente a personas menores de edad o personas con incapacidad volitiva o cognitiva.
 
| Será sancionado con de tres a cinco años de prisión.
 
| Será sancionado con de tres a cinco años de prisión.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Violación a la intimidad sexual
 
| Violación a la intimidad sexual
 
| Quien por cualquier medio, sin el consentimiento de la persona, atentare contra su intimidad sexual, y se apodere o capte mensajes, conversaciones, comunicaciones, sonidos, imágenes en general o imágenes de su cuerpo, para afectar su dignidad. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, acceda, utilice o modifique, en perjuicio de tercero comunicaciones efectuadas por cualquier medio físico o electrónico o datos reservados con contenido sexual de carácter personal, familiar o de otro, que se encuentren registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado, en perjuicio de la persona titular de los datos o de una tercera persona.
 
| Quien por cualquier medio, sin el consentimiento de la persona, atentare contra su intimidad sexual, y se apodere o capte mensajes, conversaciones, comunicaciones, sonidos, imágenes en general o imágenes de su cuerpo, para afectar su dignidad. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, acceda, utilice o modifique, en perjuicio de tercero comunicaciones efectuadas por cualquier medio físico o electrónico o datos reservados con contenido sexual de carácter personal, familiar o de otro, que se encuentren registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado, en perjuicio de la persona titular de los datos o de una tercera persona.
Línea 28: Línea 28:  
Se impondrá prisión de dos a cuatro años a quien difunda, revele o ceda, a cualquier título, a terceros, los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refiere este artículo.
 
Se impondrá prisión de dos a cuatro años a quien difunda, revele o ceda, a cualquier título, a terceros, los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refiere este artículo.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución agravada
 
| Promoción, facilitación o favorecimiento de prostitución agravada
 
| En los casos siguientes:
 
| En los casos siguientes:
Línea 41: Línea 41:  
a diez años y con multa de cincuenta a cien mil quetzales.
 
a diez años y con multa de cincuenta a cien mil quetzales.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Actividades sexuales remuneradas con personas menores de edad
 
| Actividades sexuales remuneradas con personas menores de edad
 
| Quien para sí mismo o para terceras personas, a cambio de cualquier acto sexual con una persona menor de edad, brinde o prometa a ésta o a tercera persona un beneficio económico o de cualquier otra naturaleza, independientemente que logre el propósito.
 
| Quien para sí mismo o para terceras personas, a cambio de cualquier acto sexual con una persona menor de edad, brinde o prometa a ésta o a tercera persona un beneficio económico o de cualquier otra naturaleza, independientemente que logre el propósito.
 
| Será sancionado con prisión de cinco a ocho años, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por la comisión de otros delitos.
 
| Será sancionado con prisión de cinco a ocho años, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por la comisión de otros delitos.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Producción de pornografía de personas menores de edad
 
| Producción de pornografía de personas menores de edad
 
| Quien de cualquier forma y a través de cualquier medio, produzca, fabrique o elabore material pornográfico que contenga imagen o voz real o simulada, de una o varias personas menores de edad o con incapacidad volitiva o cognitiva, en acciones pornográficas o eróticas.
 
| Quien de cualquier forma y a través de cualquier medio, produzca, fabrique o elabore material pornográfico que contenga imagen o voz real o simulada, de una o varias personas menores de edad o con incapacidad volitiva o cognitiva, en acciones pornográficas o eróticas.
 
| Será sancionado con prisión de seis a diez años y multa de cincuenta mil a quinientos mil quetzales.
 
| Será sancionado con prisión de seis a diez años y multa de cincuenta mil a quinientos mil quetzales.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Comercialización o difusión de pornografía de personas menores de edad
 
| Comercialización o difusión de pornografía de personas menores de edad
 
| Quien publique, reproduzca, importe, exporte, distribuya, transporte, exhiba, elabore propaganda, difunda ó comercie de cualquier forma y a través de cualquier medio, material pornográfico de personas menores de edad o con incapacidad volitiva o cognitiva en donde se utilice su imagen o voz real o simulada.
 
| Quien publique, reproduzca, importe, exporte, distribuya, transporte, exhiba, elabore propaganda, difunda ó comercie de cualquier forma y a través de cualquier medio, material pornográfico de personas menores de edad o con incapacidad volitiva o cognitiva en donde se utilice su imagen o voz real o simulada.
Línea 58: Línea 58:  
de seis a ocho años y multa de cincuenta mil a quinientos mil quetzales.
 
de seis a ocho años y multa de cincuenta mil a quinientos mil quetzales.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Trata de personas
 
| Trata de personas
 
| Constituye delito de trata de personas la captación, el transporte, bastado, retención, acogida o recepción de una o más personas con fines de explotación.
 
| Constituye delito de trata de personas la captación, el transporte, bastado, retención, acogida o recepción de una o más personas con fines de explotación.
Línea 67: Línea 67:  
| Quien cometa este delito será sancionado con prisión de ocho a dieciocho años y multa de trescientos mil a quinientos mil quetzales.
 
| Quien cometa este delito será sancionado con prisión de ocho a dieciocho años y multa de trescientos mil a quinientos mil quetzales.
 
| Código Penal Reformado por el Decreto 9-2009 del Congreso de la República.
 
| Código Penal Reformado por el Decreto 9-2009 del Congreso de la República.
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| Remuneración porlatratade personas
 
| Remuneración porlatratade personas
 
| Quien para sí mismo o para terceros, a cambio de las actividades de explotación a que se refiere el delito de trata, brinde o prometa a una persona o a terceros un beneficio económico o de cualquier otra naturaleza.
 
| Quien para sí mismo o para terceros, a cambio de las actividades de explotación a que se refiere el delito de trata, brinde o prometa a una persona o a terceros un beneficio económico o de cualquier otra naturaleza.
Línea 82: Línea 82:  
y se aumentará el doble si se tratare de persona menor de diez años.
 
y se aumentará el doble si se tratare de persona menor de diez años.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Suspensión y alteración del estado civil
 
| Suspensión y alteración del estado civil
 
| Quien:
 
| Quien:
Línea 93: Línea 93:  
| Sancionadocon prisióndecinco aochoañosy multadecienmil aquinientosmil quetzales.
 
| Sancionadocon prisióndecinco aochoañosy multadecienmil aquinientosmil quetzales.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Por violencia, física, psíquica o moral
 
| Por violencia, física, psíquica o moral
 
| “4°. Por violencia: la física, psicológica o moral. La primera es manifestación de fuerza sobre personas o cosas. La segunda es intimidación a personas y toda conducta a través de la cual se ocasione daño emocional, disminuya la autoestima, perjudique o perturbe el sano desarrollo integral de la persona, tales como conductas ejercidas en deshonra, descrédito, o menosprecio al valor personal o dignidad, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, abuso de poder o de autoridad, aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, engaño, amenaza o la privación de medios económicos indispensables para la subsistencia. Se entenderá que existe la violencia psicológica también cuando concurriere hipnosis, narcosis o privación de razón o de sentido, ya sea que el sujeto activo provoque la situación o la aproveche.
 
| “4°. Por violencia: la física, psicológica o moral. La primera es manifestación de fuerza sobre personas o cosas. La segunda es intimidación a personas y toda conducta a través de la cual se ocasione daño emocional, disminuya la autoestima, perjudique o perturbe el sano desarrollo integral de la persona, tales como conductas ejercidas en deshonra, descrédito, o menosprecio al valor personal o dignidad, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, abuso de poder o de autoridad, aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, engaño, amenaza o la privación de medios económicos indispensables para la subsistencia. Se entenderá que existe la violencia psicológica también cuando concurriere hipnosis, narcosis o privación de razón o de sentido, ya sea que el sujeto activo provoque la situación o la aproveche.
Línea 100: Línea 100:  
el doble de la pena impuesta.
 
el doble de la pena impuesta.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
 
| Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas que reforma el Código Penal.
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| Violencia contra la mujer
 
| Violencia contra la mujer
 
| Toda acción u omisión basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga como resultado el daño inmediato o ulterior, sufrimiento físico, sexual, económico o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en el ámbito público como en el ámbito privado.
 
| Toda acción u omisión basada en la pertenencia al sexo femenino que tenga como resultado el daño inmediato o ulterior, sufrimiento físico, sexual, económico o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en el ámbito público como en el ámbito privado.
 
| Será sancionado con prisión de cinco a doce años.
 
| Será sancionado con prisión de cinco a doce años.
 
| Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer.
 
| Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer.
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| Violencia física
 
| Violencia física
 
| Acciones de agresión en las que se utiliza la fuerza corporal directa o por medio de cualquier objeto, arma o sustancia con la que se causa daño, sufrimiento físico, lesiones o enfermedad a una mujer.
 
| Acciones de agresión en las que se utiliza la fuerza corporal directa o por medio de cualquier objeto, arma o sustancia con la que se causa daño, sufrimiento físico, lesiones o enfermedad a una mujer.
 
| Será sancionado con prisión de cinco a doce años.
 
| Será sancionado con prisión de cinco a doce años.
 
| Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer.
 
| Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer.
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| Violencia económica
 
| Violencia económica
 
| Comete el delito de violencia económica contra la mujer quien, dentro del ámbito público o privado, incurra en una conducta comprendida en cualesquiera de los siguientes supuestos: a. Menoscabe, limite o restrinja la libre disposición de sus bienes o derechos patrimoniales o laborales; b. Obligue a la mujer a suscribir documentos que afecten, limiten, restrinjan su patrimonio o lo pongan en riesgo; o que lo eximan de responsabilidad económica, penal, civil o de cualquier otra naturaleza; c. Destruya u oculte documentos justificativos de dominio o de identificación personal, o bienes, objetos personales, instrumentos de trabajo que le sean indispensables para ejecutar sus actividades habituales; d. Someta la voluntad de la mujer por medio del abuso económico al no cubrir las necesidades básicas de ésta y la de sus hijas e hijos; e. Ejerza violencia psicológica, sexual o física sobre la mujer, con el fin de controlar los ingresos o el flujo de recursos monetarios que ingresan al hogar.
 
| Comete el delito de violencia económica contra la mujer quien, dentro del ámbito público o privado, incurra en una conducta comprendida en cualesquiera de los siguientes supuestos: a. Menoscabe, limite o restrinja la libre disposición de sus bienes o derechos patrimoniales o laborales; b. Obligue a la mujer a suscribir documentos que afecten, limiten, restrinjan su patrimonio o lo pongan en riesgo; o que lo eximan de responsabilidad económica, penal, civil o de cualquier otra naturaleza; c. Destruya u oculte documentos justificativos de dominio o de identificación personal, o bienes, objetos personales, instrumentos de trabajo que le sean indispensables para ejecutar sus actividades habituales; d. Someta la voluntad de la mujer por medio del abuso económico al no cubrir las necesidades básicas de ésta y la de sus hijas e hijos; e. Ejerza violencia psicológica, sexual o física sobre la mujer, con el fin de controlar los ingresos o el flujo de recursos monetarios que ingresan al hogar.
 
| Será sancionado con prisión de cinco a doce años.
 
| Será sancionado con prisión de cinco a doce años.
 
| Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer.
 
| Ley Contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer.
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| Discriminación
 
| Discriminación
 
| Se entenderá como discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de género, raza, etnia, idioma, edad, religión, situación económica, enfermedad, discapacidad, estado civil o, en cualesquiera otro motivo, razón o circunstancia, que impidiere o dificultare a una persona, grupo de personas o asociaciones, el ejercicio de un derecho legalmente establecido incluyendo el derecho consuetudinario o costumbre, de conformidad con la Constitución Política de la República y los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos.
 
| Se entenderá como discriminación toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de género, raza, etnia, idioma, edad, religión, situación económica, enfermedad, discapacidad, estado civil o, en cualesquiera otro motivo, razón o circunstancia, que impidiere o dificultare a una persona, grupo de personas o asociaciones, el ejercicio de un derecho legalmente establecido incluyendo el derecho consuetudinario o costumbre, de conformidad con la Constitución Política de la República y los Tratados Internacionales en materia de derechos humanos.
Línea 123: Línea 123:  
| Código Penal
 
| Código Penal
 
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== Notas ==
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<references />
      
[[Categoría:Liderazgo Pedagógico]]
 
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