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[[Archivo:Figura 16 protocolo director.jpg|centre|thumbnail|826x826px|Nota: Imagen con fines ilustrativos.|link=http://cnbguatemala.org/wiki/Archivo:Figura_16_protocolo_director.jpg]]El aforo de las áreas, se calculan, multiplicando el ancho por el largo en metros de los ambientes. Posteriormente se divide dentro del número que establece el color de la tabla que aparece a continuación.
 
[[Archivo:Figura 16 protocolo director.jpg|centre|thumbnail|826x826px|Nota: Imagen con fines ilustrativos.|link=http://cnbguatemala.org/wiki/Archivo:Figura_16_protocolo_director.jpg]]El aforo de las áreas, se calculan, multiplicando el ancho por el largo en metros de los ambientes. Posteriormente se divide dentro del número que establece el color de la tabla que aparece a continuación.
 
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Fuente: Con base en el Acuerdo Ministerial 233-2020 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social<ref>Acuerdo Ministerial 233-2020 [Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social]. Aprobar la norma de reapertura segura de las instituciones de educación superior y centros de capacitación técnica durante la epidemia de SARS-CoV-2 (COVID-19). 30 de septiembre de 2020.</ref>.
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Fuente: Con base en el Acuerdo Ministerial 300-2020 del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social<ref>Acuerdo Ministerial 300-2020 [Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social]. Normas Sanitarias para la Prevención y control de infecciones por SARS-Cov-2 y otras epidemias, para los Centros del Sistema Educativo Nacional. 22 de diciembre de 2020.</ref>.
    
Ejemplo: en un ambiente de siete metros de ancho por ocho metros de largo (7 m x 8 m=56 m2), obtenemos el área del ambiente, este lo dividimos dentro de 2.5, que corresponde a un municipio catalogado en color amarillo (56/2.5 = 22 personas), el resultado es el aforo de dicho ambiente. '''Por ninguna circunstancia está permitido albergar más personas de esa cantidad.'''
 
Ejemplo: en un ambiente de siete metros de ancho por ocho metros de largo (7 m x 8 m=56 m2), obtenemos el área del ambiente, este lo dividimos dentro de 2.5, que corresponde a un municipio catalogado en color amarillo (56/2.5 = 22 personas), el resultado es el aforo de dicho ambiente. '''Por ninguna circunstancia está permitido albergar más personas de esa cantidad.'''
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