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| === Decreto Legislativo 12 - 91 - Ley de Educación Nacional === | | === Decreto Legislativo 12 - 91 - Ley de Educación Nacional === |
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− | :'''Capítulo VIII. Subsistema de Educación Escolar.''' | + | '''Artículo 1.''' Principios. La educación en Guatemala se fundamenta en los siguientes |
| + | principios: (se citan únicamente los necesarios en este caso) |
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| + | :3. Tiene al educando como centro y sujeto del proceso educativo. |
| + | :4. Está orientada al desarrollo y perfeccionamiento integral del ser humano a través de un proceso permanente, gradual y progresivo. |
| + | :6. Se define y se realiza en un entorno multilingüe, multiétnico y pluricultural en función de las comunidades que la conforman. |
| + | :7. Es un proceso científico, humanístico, crítico, dinámico, participativo y transformador. |
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| + | '''Artículo 2.''' Fines. Los Fines de la educación en Guatemala son los siguientes: (se citan únicamente los necesarios en este caso) |
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| + | :1. Proporcionar una educación basada en principios humanos, científicos, técnicos, culturales y espirituales que formen integralmente al educando, lo preparen para el trabajo, la convivencia social y le permitan el acceso a otros niveles de vida. |
| + | :5. Impulsar en el educando el conocimiento de la ciencia y la tecnología modelo como medio para preservar su entorno ecológico o modificarlo planificadamente en favor del hombre y la sociedad. |
| + | :9. Desarrollar una actitud crítica e investigativa en el educando para que pueda enfrentar con eficiencia los cambios que la sociedad le presenta. |
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| + | :'''Capítulo VII. Subsistema de Educación Escolar.''' |
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| ::'''Artículo 28.''' Subsistema de Educación Escolar. Para la realización del proceso educativo en los establecimientos escolares, está organizado en niveles, ciclos, grados y etapas. La educación acelerada para adultos con programas estructurados en los curriculas establecidos y los que se establezcan, en forma flexible, gradual y progresiva para hacer efectivos los fines de la educación nacional. | | ::'''Artículo 28.''' Subsistema de Educación Escolar. Para la realización del proceso educativo en los establecimientos escolares, está organizado en niveles, ciclos, grados y etapas. La educación acelerada para adultos con programas estructurados en los curriculas establecidos y los que se establezcan, en forma flexible, gradual y progresiva para hacer efectivos los fines de la educación nacional. |
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| :::2do. Nivel EDUCACIÓN PREPRIMARIA | | :::2do. Nivel EDUCACIÓN PREPRIMARIA |
| + | ::::Párvulos 1, 2 y 3. |
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− | :::Párvulos 1, 2 y 3. | + | :::3er. Nivel EDUCACIÓN PRIMARIA |
| + | ::::1o. a 6o. grados |
| + | ::::Educación acelerada para adultos |
| + | ::::Etapas 1a. a 4a. |
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− | :::3er. Nivel EDUCACIÓN PRIMARIA - 1o. a 6o. grados Educación acelerada para adultos - Etapas 1a. a 4a. | + | :::4to. Nivel EDUCACIÓN MEDIA |
− | ::: | + | ::::Ciclo de Educación Básica |
− | :::4to. Nivel EDUCACIÓN MEDIA - Ciclo de Educación Básica | + | ::::Ciclo de Educación Diversificada |
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− | :::Ciclo de Educación Diversificada | |
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| === Decretos === | | === Decretos === |