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:'''Artículo 7.''' Descentralización Curricular. El currículo del Sistema Educativo se descentraliza en tres niveles de concreción: nacional, regional y local. El nivel nacional debe reflejar la realidad étnica, lingüística y cultural de los cuatro pueblos guatemaltecos y sus respectivas comunidades lingüísticas. El nivel regional corresponde a la especificidad de cada uno de los pueblos y comunidades lingüísticas del país. El nivel local corresponde a espacio geográfico, étnico, lingüístico y cultural en el que se ubica el centro educativo.
 
:'''Artículo 7.''' Descentralización Curricular. El currículo del Sistema Educativo se descentraliza en tres niveles de concreción: nacional, regional y local. El nivel nacional debe reflejar la realidad étnica, lingüística y cultural de los cuatro pueblos guatemaltecos y sus respectivas comunidades lingüísticas. El nivel regional corresponde a la especificidad de cada uno de los pueblos y comunidades lingüísticas del país. El nivel local corresponde a espacio geográfico, étnico, lingüístico y cultural en el que se ubica el centro educativo.
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==== Acuerdo Ministerial No. 35 de fecha 13 de enero de 2005 ====
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==== Acuerdo Gubernativo 225-2008. Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación. ====
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TITULO II
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'''Capítulo II'''
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'''Artículo 10.''' Dirección General de Currículo. La Dirección General de Currículo, la que podrá denominarse con las siglas —DIGECUR—, es la responsable de coordinar el diseño y desarrollo del currículo en todos los niveles del Sistema Educativo Nacional, con pertinencia a la diversidad lingüística y cultural.
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==== Acuerdo Ministerial 276 - Declara de interés educativo la incorporación del Programa de Educación Fiscal en la Estructura Curricular del Nivel Primario y del Nivel Medio del Sistema Nacional de Educación ====
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'''Artículo 5''' El Ministerio de Educación, por medio de las instancias correspondientes con el apoyo del Ministerio de Finanzas Públicas, velará porque la Educación Fiscal se incorpore al currículo educativo nacional a partir del presente Ciclo Escolar, realizando las acciones pertinentes para su efectiva puesta en marcha, evaluación y seguimiento, como unidad de estudio. La aplicación de los módulos deberá contener teoría y práctica.
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<!---------==== Acuerdo Ministerial No. 35 de fecha 13 de enero de 2005 ====
    
:'''Artículos 12 y 13.''' Contienen una lista de las Áreas curriculares para el primero y segundo ciclo del nivel primario.
 
:'''Artículos 12 y 13.''' Contienen una lista de las Áreas curriculares para el primero y segundo ciclo del nivel primario.
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==== Acuerdo Ministerial 276 - Incorporación del Programa de Educación Fiscal en la Estructura Curricular del Nivel Primario y del Nivel Medio del Sistema Nacional de Educación. ====
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==== Carta Internacional de Derechos Humanos ====
 
==== Carta Internacional de Derechos Humanos ====
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La Declaración Universal de Derechos Humanos, como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
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'''Artículo 1.''' Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, como están dotados de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
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'''El Derecho internacional humanitario (DIH).''' Es la agrupación de las distintas normas, en su mayoría reflejadas en los Convenios de Ginebra, en 1949 y los protocolos adicionales que tienen como objetivo principal la protección de las personas no participantes en hostilidades o que han decidido dejar de participar en el enfrentamiento.
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El DIH se encuentra esencialmente contenido en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949, en los que son parte casi todos los Estados. Estos Convenios se completaron con otros dos tratados: los Protocolos adicionales de 1977 relativos a la protección de las víctimas de los conflictos armados.
       
==== Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ====
 
==== Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ====
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:'''Artículo 13.''' Los Estados Parte en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación.
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'''Artículo 13.'''  
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:1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación.<br><br>Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen, asimismo, en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz.
:'''Artículo 26.''' 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica profesional habrá de ser generalizada. El acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
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:2. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen que, con objeto de lograr el pleno ejercicio de este derecho:
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::b. La enseñanza secundaria, en sus diferentes formas, incluso la enseñanza
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secundaria técnica y profesional, debe ser generalizada y hacerse accesible a todos, por cuantos medios sean apropiados, y, en particular, por la implantación progresiva de la enseñanza gratuita.
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'''Artículo 26.''' 1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica profesional habrá de ser generalizada. El acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
       
==== Convenio de los Derechos del Niño (1989), Ratificado en 1990 ====
 
==== Convenio de los Derechos del Niño (1989), Ratificado en 1990 ====
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1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular:
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:b. Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria,
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incluida la enseñanza general y profesional, hacer que todos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella, y adoptar medidas apropiadas, tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad.
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==== Convenio 182 Sobre Peores formas de Trabajo Infantil (1999), Ginebra, Suiza. ====
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2. Todo Miembro deberá adoptar, teniendo en cuenta la importancia de la educación para la eliminación del trabajo infantil, medidas efectivas en un plazo determinado, con el fin de:
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:c. Asegurar a todos los niños que hayan sido librados de las peores formas de trabajo infantil, el acceso a la enseñanza básica gratuita, y cuando sea posible y adecuado, a la formación profesional.
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==== Convenio 182 Sobre Peores formas de Trabajo Infantil (1999), Ginebra, Suiza. Declaración Mundial de Educación Para Todos. (1990) Jomtien, Tailandia. ====
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====Declaración Mundial de Educación Para Todos. (1990) Jomtien, Tailandia. ====
    
:La conferencia Mundial “La Educación para Todos”, realizada en 1990 en Jomtien (Tailandia) insiste en que es necesario satisfacer las necesidades educativas de todos -niños, jóvenes o adultos- como una necesidad y un derecho humano , igual que la alimentación, la vivienda, o la salud. Al poner de relieve la importancia de la educación a nivel mundial y centralidad en el desarrollo económico, social y político. Jomtien, abrió perspectivas y marcó lineamientos para las Reformas Educativas del continente.
 
:La conferencia Mundial “La Educación para Todos”, realizada en 1990 en Jomtien (Tailandia) insiste en que es necesario satisfacer las necesidades educativas de todos -niños, jóvenes o adultos- como una necesidad y un derecho humano , igual que la alimentación, la vivienda, o la salud. Al poner de relieve la importancia de la educación a nivel mundial y centralidad en el desarrollo económico, social y político. Jomtien, abrió perspectivas y marcó lineamientos para las Reformas Educativas del continente.
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==== Foro Consultivo Internacional sobre Educación Para Todos (2000), Dakar, Senegal. ====
 
==== Foro Consultivo Internacional sobre Educación Para Todos (2000), Dakar, Senegal. ====
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Diez años después de la “Conferencia Mundial de Educación para Todos” (Jomtien, 1990), los países de América Latina, El Caribe y América del Norte, evaluaron los progresos realizados en la Región hacia el logro de los objetivos y metas entonces formuladas. Reunidos en Santo Domingo del 10 al 12 de febrero del 2000, los países renuevan en el presente Marco de Acción Regional sus compromisos de Educación Para Todos los próximos quince años.
    
==== Convenio 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales (1989) Ginebra, Suiza, ratificado en 1994. ====
 
==== Convenio 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales (1989) Ginebra, Suiza, ratificado en 1994. ====
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:El convenio 169 de la OIT establece la obligación de los Estados de organizar sus políticas educativas de acuerdo con los intereses y necesidades de los Pueblos Indígenas y tomarlos en cuenta en la toma de decisiones en esta materia. La apertura del Curriculum a la participación, responde a este requerimiento.
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El convenio 169 de la OIT establece la obligación de los Estados de organizar sus políticas educativas de acuerdo con los intereses y necesidades de los Pueblos Indígenas y tomarlos en cuenta en la toma de decisiones en esta materia. La apertura del Curriculum a la participación, responde a este requerimiento.
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=== 4.2 Documentos conexos nacionales ===
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==== Acuerdo de Paz sobre identidad y derechos de los pueblos indígenas. ====
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'''Reforma Educativa'''
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1. El sistema educativo es uno de los vehículos más importantes para la transmisión y desarrollo de los valores y conocimientos culturales. Debe responder a la diversidad cultural y lingüística de Guatemala, reconociendo y fortaleciendo la identidad cultural indígena, los valores y sistemas educativos mayas y de los demás pueblos indígenas, el acceso a la educación formal y no formal e incluyendo dentro del Curriculum Nacional Base las concepciones educativas indígenas.
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2. Para ello el Gobierno se compromete a impulsar una reforma del sistema educativo con las siguientes características:
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:i) Ser descentralizado y regionalizado a fin de que se adapte a las necesidades y especificidades lingüísticas y culturales;
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:ii) Integrar las concepciones educativas mayas y de los demás pueblos indígenas en sus componentes filosóficos, científicos, artísticos, pedagógicos, históricos, lingüísticos y político-sociales, como una vertiente de la reforma educativa integral;
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:iii) Incluir en los planes educativos, contenidos que fortalezcan la unidad nacional en el respeto de la diversidad cultural.
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'''Acuerdo de Paz sobre Aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria'''
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''Educación y capacitación''
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:a) Afirmar y difundir los valores morales y culturales, los conceptos y comportamientos que constituyen la base de una convivencia democrática respetuosa de los derechos humanos, de la diversidad cultural de Guatemala, del trabajo creador de su población y de la protección del medio ambiente.
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:c) Contribuir a la incorporación del progreso técnico y científico y por consiguiente, al logro de crecientes niveles de productividad.
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'''El diseño de la Reforma Educativa. Publicado por la Comisión Paritaria de la Reforma Educativa en 1998'''
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En el área de Transformación Curricular, la política de renovación curricular establece la estrategia “Evaluación y replanteamiento de los niveles de educación pre-primaria, primaria y media, así como de sus contenidos programáticos, de las carreras y de su duración, de acuerdo con las necesidades del país y el Diseño de la Reforma Educativa”. (Diseño de la Reforma Educativa 1998: 69-73).