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| :'''Capítulo VI - De la Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el SIDA.''' | | :'''Capítulo VI - De la Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el SIDA.''' |
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− | ::Artículo 44. Derecho a la educación. | + | ::Artículo 44. Derecho a la educación. Las personas que viven con VIH/SIDA y sus familias, tienen derechos a la educación. Todo estudiante podrá oponerse a la presentación de pruebas de detección del VIH/SIDA como requisito de ingreso o continuación de estudios. No se podrá limitárseles el acceso a los centros educativos. |
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| ==== Decreto Número 52-2005 - Ley Marco de los Acuerdos de Paz. ==== | | ==== Decreto Número 52-2005 - Ley Marco de los Acuerdos de Paz. ==== |