Derechos de los pueblos indígenas

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TEMA
Interculturalidad


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Aprendizaje[editar código]

Conozco y valoro los Derechos de los Pueblos Indígenas y me comprometo a compartirlos y respetarlos.

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Materiales[editar código]

Video: “convenio 169 OIT”, resumen del tema: Convenio 169: Tierras y Pueblos Indígenas, resumen del tema: ACUERDO DE PAZ, SOBRE IDENTIDAD Y DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS. Modelo de carta adjunta.

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Ideas clave[editar código]

Manual de Educación Intercultural para docentes p(231).png
  • El convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales adoptado en 1989 por la Organización Internacional del Trabajo –OIT- y ratificado por Guatemala a principios de los 90s y los Acuerdos de Paz, también firmados en la misma década, son dos mecanismo vigentes que obligan al Estado guatemalteco a garantizar los derechos de los pueblos indígenas, en especial los relativos a la tenencia y uso individual o colectiva de la tierra y los recursos naturales de los territorios que habitan.
  • Desde entonces estos derechos han sido razón y fundamento de las luchas y demandas de las poblaciones indígenas y campesinas ante un Estado que entrega en concesión, las tierras donde históricamente han habitado, para la explotación de minerales, metales, gas y petróleo por parte de empresas nacionales e internacionales.
  • Ante la creciente conflictividad que esta situación a causado en diferentes regiones del país, es necesario que la juventud conozca lo relativo a los derechos que asisten a los pueblos en la defensa de la tierra, la vida, la cultura y la identidad, para comprometerse en la promoción y la defensa de dichos derechos.
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Desarrollo de la actividad[editar código]

  1. Realice en plenaria las siguientes preguntas:
    ¿Qué conocen o han escuchado sobre los derechos humanos?
    ¿Qué conocen o han escuchado sobre los Acuerdos de Paz?
    ¿Sabían que existen derechos que protegen a las poblaciones indígenas del mundo?
  2. Proyecte el video “CONVENIO 169 OIT”, incluido en el DVD de apoyo.http://www.youtube.com/watch?v=az1VaEzq_WQ
  3. Divida el grado en cuatro grupos. A dos grupos reparta copia del resumen del tema “Tierras y Pueblos Indígenas” del Convenio 169 de la OIT y a los otros dos la copia del resumen del tema “Derechos relativos a la tierra de los pueblos indígenas” del Acuerdo Sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.

Convenio 169: Tierras y Pueblos Indígenas

Resumen basado en “Convenio 169: Tierras y Pueblos Indígenas” de Efrén Diego Domingo para www.albedrío.org diciembre 2007

Al firmar o ratificar el convenio 169 de la OIT, el Estado de Guatemala, a través de los gobiernos y sus instituciones, se comprometen entre otros aspectos a:

Respetar la importancia que para las diferentes culturas tiene su relación con las tierras o territorios. Artículo 13.1 Reconocer el derecho de propiedad y posesión sobre las tierras habitadas tradicionalmente por los pueblos indígenas. Además, a tomar medidas para hacer valer el derecho de los pueblos a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos pero a las que hayan tenido acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. Para ello debe determinar cuáles son esas tierras tradicionalmente ocupadas y definir mecanismos para solucionar los reclamos de esas tierras. Artículos 14.1, 14.2 y 14.3.

Los artículos 15 y 15.1, obligan a los diferentes gobiernos de Guatemala a proteger los derechos de los pueblos a los recursos naturales existentes en sus tierras, a garantizar su participación en la utilización, administración y conservación de dichos recursos y a establecer procedimientos para consultar a los pueblos interesados antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación.

En el mismo sentido el articulo 7, incisos 1 y 3, además establece que los Pueblos Indígenas deben participar en los trabajos de planificación, estudios de impacto, control y seguimiento de la actividad.

El artículo 18, obliga al Estado a proteger las tierras de los pueblos indígenas contra cualquier intrusión NO autorizada por los mismos.

ACUERDO DE PAZ, SOBRE IDENTIDAD Y DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS.

Firmado entre la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca –URNG-y el Gobierno de Guatemala en 1995, establece compromisos y medidas para la promoción y defensa de la Identidad y derechos de los pueblos indígenas.

El articulo IV. DERECHOS CIVILES, POLÍTICOS, SOCIALES Y ECONÓMICOS, literal F) Derechos relativos a la tierra de los pueblos indígenas, establece entre otros aspectos lo siguiente:

En el inciso 1) Las partes señalan que : “Los derechos relativos a la tierra de los pueblos indígenas incluyen tanto la tenencia comunal o colectiva, como la individual, los derechos de propiedad, de posesión y otros derechos reales, así como el aprovechamiento de los recursos naturales en beneficio de las comunidades, sin perjuicio de su hábitat”. Además establece que el Estado debe tomar medidas para “el reconocimiento, titulación, protección, reivindicación, restitución y compensación de estos derechos”

El numero 2) establece que la desprotección de los derechos relativos a la legalización y titulación, así como la ausencia de mecanismos para defenderlos, se abordaran según el Acuerdo sobre Aspectos socioeconómicos y situación agraria.

Mediante su inciso 3, las partes acuerdan que El Estado de Guatemala en respuesta a las obligaciones contempladas en la Constitución de la República, dará una atención especial a la “protección de las tierras de cooperativas, comunales o colectivas” y reconocerá “el derecho de las comunidades indígenas y otras a mantener el sistema de administración de las tierras que históricamente les pertenecen”.

Por último n el inciso 4 se lee: “Reconociendo la importancia especial que para las comunidades indígenas tiene su relación con la tierra, y para fortalecer el ejercicio de sus derechos colectivos sobre la tierra y sus recursos naturales, el Gobierno se compromete a:”

Tenencia de la tierra y uso y administración de los recursos  naturales 

Manual de Educación Intercultural para docentes p(234).png

a) Reconocer y garantizar el derecho de acceso a tierras y recursos que no estén exclusivamente ocupados por las comunidades, pero a las que éstas hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia (servidumbres, tales como paso, tala, acceso a manantiales, etc., y aprovechamiento de recursos naturales), así como para sus actividades espirituales;

b) Reconocer y garantizar el derecho de las comunidades de participar en el uso, administración y conservación de los recursos naturales existentes en sus tierras;

c) Obtener la opinión favorable de las comunidades indígenas previa la realización de cualquier proyecto de explotación de recursos naturales que pueda afectar la subsistencia y el modo de vida de las comunidades. Las comunidades afectadas deberán percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de estas actividades; y

d) Adoptar, en cooperación con las comunidades, las medidas necesarias para proteger y preservar el medio ambiente.

4. Pida a cada grupo que lea detenidamente el resumen del tema que le tocó y que respondan las siguientes preguntas.

¿Sabían que el gobierno de Guatemala, está obligado a cumplir con los compromisos adquiridos ante la OIT y los Acuerdos de Paz?

¿Qué piensan de ello?

¿Qué podemos hacer para averiguar si en la actualidad se están promoviendo o respetando los derechos de los pueblos indígenas?

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Recomendaciones para docentes[editar código]

Se sugiere como una de las actividades, escribir una carta o correo electrónico a distintas organizaciones indígenas y campesinas para informarse sobre la situación. Algunas de ellas son: Comité de Unidad Campesina, [email protected], Waquib Kej: [email protected] y [email protected] entre otras.

Ejemplo de carta o correo:

Señores y señoras. Comité de Unidad Campesina –CUC-.

Somos estudiantes de (grado)__________del colegio o instituto_______(nombre).

A través de la clase de__________, hemos conocido acerca de los compromisos que el Estado de Guatemala ha adquirido para garantizar los derechos de los pueblos indígenas consagrados en el convenio 169 de la OIT y los Acuerdos de Paz.

Es de importancia para nosotros informarnos sobre el cumpliendo o no de dichos compromisos y de los mecanismos que podemos usar como jóvenes para la promoción y defensa de los derechos humanos, en especial de los pueblos indígenas. Por ello respetuosamente les invitamos que nos visiten y compartan con nosotros dicha información.

Atentamente:

Proceso por el cual las personas adquieren cambios en su comportamiento, mejoran sus actuaciones, reorganizan su pensamiento o descubren nuevas maneras de comportamiento y nuevos conceptos e información.

Término introducido por Le Boterf, entendido como los conocimientos, procedimientos y actitudes que es preciso emplear para resolver una situación. Unos son recursos internos, que posee la persona, tales como conocimientos, procedimientos y actitudes

Espacio vital en el que se desarrolla el ser humano. Conjunto de estímulos que condicionan al ser humano desde el momento mismo de su concepción.