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==Acuerdos de Paz (1996)==
 
==Acuerdos de Paz (1996)==
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Los Acuerdos de Paz contienen los compromisos alcanzados entre el Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) sobre los temas clave imprescindibles para poner fin al conflicto armado interno, fortalecer la democracia y el Estado de Derecho. La negociación finalizó con la firma de los Acuerdos de Paz el 29 de diciembre de 1996 en el Palacio Nacional de la Cultura de Ciudad de Guatemala.
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Los Acuerdos de Paz tratan de analizar y establecer soluciones a la desigualdad social y a la exclusión en los ámbitos sociales, políticos, económicos, culturales y participativos. Esta desigualdad coloca en una situación de mayor vulnerabilidad a las mujeres, la población indígena y a las y los habitantes de áreas rurales. 
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Algunos de los puntos específicos que se abordan en los Acuerdos de Paz sobre la situación de las mujeres son: la promoción de la participación política de las mujeres, el acceso a los recursos (económico, social) y a las oportunidades (educación, formación, salud, trabajo), la solicitud de tipificación de acoso sexual como delito, la creación de la Defensoría de la Mujer trabajo), la solicitud de tipificación de acoso sexual como delito, la creación de la Defensoría de la Mujer todos los ámbitos y la lucha contra la discriminación hacia las mujeres en todas las esferas de la vida.
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En el acuerdo '''para el reasentamiento de las poblaciones desarraigadas por el enfrentamiento armado'''<ref>Oslo, Noruega, 17 de junio de 1994.</ref>; el capítulo III Integración productiva de las poblaciones desarraigadas y desarrollo de las áreas de reasentamiento aborda el compromiso del gobierno para facilitar a las mujeres el acceso a la tierra, a la vivienda, a créditos y a participar en los proyectos de desarrollo, así como a incorporar el enfoque de género en las políticas y programas.
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El '''acuerdo de identidad y derechos de los pueblos indígenas'''<ref>México, D.F., 31 de marzo de 1995.</ref>; el capítulo II Lucha contra la discriminación visibiliza los derechos de la mujer indígena y promueve de manera específica: la creación de la DEMI, el cumplimiento CEDAW y la promoción de una legislación que tipifique el acoso sexual como delito y considere como un agravante en la sanción de los delitos sexuales el que haya sido cometido contra una mujer indígena.
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Los acuerdos sobre '''aspectos socioeconómicos y situación agraria'''<ref>México, D. F. a 6 de mayo de 1996</ref>; contiene tres capítulos significativos: '''''capítulo I Democratización y desarrollo participativo,''''' capítulo II Desarrollo Social y capítulo III. Situación agraria y
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desarrollo rural. El primero de ellos insta la participación de la mujer en el desarrollo económico y social y con este fin, el gobierno se compromete a desarrollar estrategias, planes y programas en favor de las mujeres:
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*Reconocer la igualdad de derechos de la mujer y del hombre en el hogar, en el trabajo, en la producción y en la vida social y política y asegurarle las mismas posibilidades que al hombre, en particular para el acceso al crédito, la adjudicación de tierras y otros recursos productivos y tecnológicos.
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*Garantizar que la mujer tenga igualdad de oportunidades y condiciones de estudio y capacitación, y que la educación contribuya a desterrar cualquier
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forma de discriminación en contra suya en los contenidos educativos.
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*Garantizar a las mujeres el acceso, en igualdad de condiciones, a vivienda propia, eliminando las trabas e impedimentos que afectan a las mujeres en relación con el alquiler, al crédito y a la construcción.
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*Implementar programas racionales de salud integral para la mujer, lo cual implica el acceso a servicios apropiados de información, prevención y atención médica.
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*Garantizar el derecho de las mujeres al trabajo; impulsando su capacitación laboral, revisando la legislación nacional y sus reglamentaciones para eliminar cualquier forma de discriminación, reconociendo a las mujeres como trabajadoras agrícolas para efectos de valoración y remuneración de su trabajo, legislando en defensa de los derechos de la mujer trabajadora de casa particular, garantizando su derecho a organizarse y su participación en los niveles de decisión local, regional y nacional y promoviendo la gestión de las mujeres en la gestión gubernamental.
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'''''El capítulo II Desarrollo Social''''' aborda la promoción de las mujeres en la educación y capacitación, en la salud, la seguridad social y el trabajo. Asimismo, dos aspectos a tener en cuenta en este capítulo son: la participación en la planificación, ejecución y fiscalización de la administración de los servicios y programas de salud, a través de los sistemas locales de salud y los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural; y la asistencia médica y prestaciones relacionadas con enfermedad, maternidad, invalidez, vejez, sobrevivencia, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, empleo y familiares que debe comprender la seguridad social.
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'''''El capítulo III. Situación agraria y desarrollo rural''''' implica por parte del Estado la promoción del fortalecimiento de las capacidades de las organizaciones de los pueblos indígenas, de asociaciones de productores, de los empresarios, de los sindicatos de trabajadores rurales, de las organizaciones campesinas y de mujeres o de las universidades y centros de investigación del país. Además, incentiva ampliar la participación de estas en el Consejo Nacional de Desarrollo Agropecuario (CONADEA), como el principal mecanismo de consulta, coordinación y participación social en la toma de decisiones para el desarrollo rural y el cumplimiento del capítulo.
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Finalmente, hay que apuntar que el '''acuerdo sobre el fortalecimiento del poder civil en una sociedad democrática'''<ref>Ciudad de México, 19 de septiembre de 1996</ref> tiene un capítulo dedicado a la participación de la mujer en el fortalecimiento de este. Los puntos 59 y 60 respectivamente, explican el compromiso del gobierno: incentivar campañas de difusión y programas educativos para concientizar sobre el derecho de las mujeres a participar activa en el proceso de fortalecimiento del poder civil; adoptar políticas para favorecer la participación de la mujer; respetar, impulsar, apoyar e institucionalizar las organizaciones de las mujeres del campo y la ciudad; y determinar que en todas las formas de ejercicio del poder, se establezcan y garanticen oportunidades de participación a las mujeres organizadas o no.
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==Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar. Decreto número 97-1996==
 
==Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar. Decreto número 97-1996==
 
==Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer. Decreto número 7-99-1999==
 
==Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer. Decreto número 7-99-1999==
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