Nivel de Educación Preprimaria en el Sistema Educativo de Guatemala

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El Nivel de Educación Preprimaria es parte del Sistema Educativo Nacional y del Subsistema de Educación Escolar. Prosigue al Nivel de Educación Inicial y antecede al Nivel de Educación Primaria. Está regulado por la Legislación Educativa de Guatemala[1] y responde a los planes, programas y proyectos de desarrollo educativo que establece el Ministerio de Educación para la atención sistemática de la población escolar de 4 a 6 años.

En este nivel se presta atención educativa a estudiantes de párvulos 1, 2 y 3 de los sectores público, privado y municipal. En el sector público los estudiantes son atendidos en escuelas exclusivas del nivel o secciones anexas a escuelas del Nivel de Educación Primaria; el sector privado es cubierto por instituciones educativas particulares autorizadas por el Ministerio de Educación.

La educación preprimaria contribuye al desarrollo integral, desde la perspectiva y posibilidades del contexto escolar. Ofrece oportunidades para que los estudiantes alcancen su máximo potencial en todas las áreas del desarrollo y facilita la formación de hábitos que favorecen el bienestar individual, la integración social y la valoración de su entorno; además, establece las bases para aprendizajes futuros, garantizando de esta manera la continuidad, permanencia y éxito en los diferentes grados y niveles que conforman el Sistema Educativo Nacional.

El nivel de educación preprimaria en el sistema educativo nacional

Notas[editar | editar código]

  1. Constitución Política de la República de Guatemala, reformada por el Congreso de la República y aprobada su reforma a través de referéndum en el año de 1993, artículo 74; y Ley de Educación Nacional, Decreto Legislativo No. 12-91, 12 de enero de 1991.