Ley de Desarrollo Social. Decreto número 42-2001

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Para reflexionar...

Amartya Sen es un filósofo y economista indio que recibió el premio Nobel de economía en 1998. En 1990 se le invita a participar en conceptualización del Informe de Desarrollo Humano del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo.
“El desarrollo humano, como enfoque, se ocupa de lo que yo considero la idea básica de desarrollo: concretamente, el aumento de la riqueza de la vida humana en lugar de la riqueza de la economía en la que los seres humanos viven, que es sólo una parte de la vida misma”'[1].

La Constitución Política de la República de Guatemala, así como el marco jurídico internacional suscrito en el país dotan al Estado la responsabilidad de proporcionar el contexto y los medios para el desarrollo integral de todos sus ciudadanos y sus ciudadanas.

Para ello el desarrollo de las personas en los campos de la educación, la salud, la participación o el trabajo deben estar asegurados en el ordenamiento jurídico.

Además, se debe prestar una especial atención a la especificidad de las situaciones de los grupos más vulnerables como las mujeres, la población indígena o las personas que viven en zonas rurales o urbano marginales. Fruto de esta necesidad y responsabilidad surge la Ley de Desarrollo Social.

El capítulo II establece los Principios rectores en materia de desarrollo social, donde desde el inicio se plantean como pilares fundamentales y derechos valores como la igualdad, la equidad, la libertad y el desarrollo que se abordan en los artículos 3, 4, 5 y 7.

En el capítulo III se consideran las obligaciones del Estado con respecto a situaciones específicas que atañen a las mujeres y la importancia de promover su participación, inclusión y tomar en cuenta sus necesidades. Por ello, será menester de la institucionalidad reducir las tasas de mortalidad materno infantil, así como alcanzar la plena integración y participación de la mujer al proceso de desarrollo económico, social, político y cultural del país.

El artículo 11 es trascendente porque abarca la necesidad de que las políticas públicas garanticen el pleno respeto a los aspectos históricos, culturales, comunitarios y otros elementos de la cosmovisión de los pueblos indígenas, así como respetar y promover los derechos de las mujeres.

El artículo 15 recoge el derecho de las personas a decidir libremente y de manera informada, veraz y ética el número y espaciamiento de sus hijos e hijas, el momento para tenerlos, así como el deber de los padres y madres en la educación y atención adecuada de las necesidades para su desarrollo integral; además ahonda en la obligación que tiene el Estado de fortalecer la salud pública, la asistencia social y la educación gratuita.

El artículo 16 aborda los sectores que requieren una especial atención y circunscribe las demandas de las mujeres en todo su ciclo de vida. Por ello, promover condiciones de equidad y erradicar y sancionar todo tipo de violencia, abuso y discriminación individual y colectiva contra las mujeres, observando los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala, se convierte en el aspecto central del artículo.

El capítulo V, la sección II, se centra en la salud. Destacan los artículos 25 y 26 que resaltan la importancia de la salud sexual y reproductiva, de los espacios de salud amigables con la población adolescente y la maternidad saludable, como parte del desarrollo integral de las personas.

En la sección III del mismo capítulo se desarrolla la Política de desarrollo social y población en materia de educación. En su artículo 27 se establece que todas las personas tienen derecho a la educación e incorpora que la educación debe impulsar la equidad y la participación de las mujeres. El artículo 29 especifica los temas clave en educación, como género, derechos humanos, sexualidad, salud sexual y reproductiva, maternidad y paternidad responsables, prevención de embarazos no deseados e infecciones de transmisión sexual. Es especialmente importante el tratamiento específico que hace sobre el derecho a la educación de las adolescentes embarazadas en el punto 3 de este artículo “No deberá expulsarse ni limitarse el acceso a los programas de educación formal e informal a las adolescentes embarazadas”.

La sección IV del capítulo V, sobre estereotipos y comunicación social, aborda el uso de la imagen de las mujeres para perpetuar el machismo y la desigualdad, estableciendo la importancia del tratamiento del tema en los medios de comunicación y la influencia en el imaginario de las personas.

Actividad 7: Desarrollo Humano


Objetivo
Familiarizarse con el concepto de desarrollo humano y su relación con la Ley de Desarrollo Social.

Temporalización
25 minutos. 10 minutos para el análisis del texto y 15 minutos para la puesta en común.

Recursos
Copias del texto y de las preguntas, papel carta, papelógrafos, lapiceros, marcadores, masking tape.

Desarrollo de la actividad
Repartir a las y los asistentes en parejas. A cada pareja se le dará una copia del texto, que deberán analizar según las preguntas indicadas más abajo. Después se realizará una puesta en común grupal. La persona que facilite la sesión anotará las ideas principales en un pizarrón o papelógrafos.

Texto:
En el capítulo 1 del Informe de Desarrollo Humano de 1990 se establece la definición de desarrollo humano en los siguientes términos:
“El desarrollo humano es un proceso en el cual se amplían las oportunidades del ser humano. En principio, estas oportunidades pueden ser infinitas y cambiar con el tiempo. Sin embargo, a todos los niveles de desarrollo, las tres más esenciales son disfrutar de una vida prolongada y saludable, adquirir conocimientos y tener acceso a los recursos necesarios para lograr un nivel de vida decente. Si no se poseen estas oportunidades esenciales, muchas otras alternativas continuaran siendo inaccesibles. Pero el desarrollo humano no termina allí. Otras oportunidades, altamente valoradas por muchas personas, van desde la libertad política, económica y social, hasta la posibilidad de ser creativo y productivo, respetarse a sí mismo y disfrutar de la garantía de derechos humanos. El desarrollo humano tiene dos aspectos. La formación de capacidades humanas -tales como un mejor estado de salud, conocimientos y destrezas- y el uso que la gente hace de las capacidades adquiridas para el descanso, la producción, o las actividades sociales, culturales y políticas. Si el desarrollo humano no consigue equilibrar estos dos aspectos, puede generarse una considerable frustración humana. Según este concepto de desarrollo humano, el ingreso es sólo una de las oportunidades que la gente desearía tener, aunque ciertamente muy importante. Pero la vida no solo se reduce a eso. Por lo tanto, el desarrollo debe abarcar más que la expansión de la riqueza y los ingresos. Su objetivo central debe ser el ser humano”.[2].

Preguntas generadoras para el debate

  • ¿Cuál es la relación entre las características de desarrollo humano de esta definición y los temas que aborda la Ley de Desarrollo Social de Guatemala?
  • ¿Qué relación hay entre esta definición y la situación de las mujeres?
  • ¿Qué es lo que más les ha llamado la atención de esta definición?
  • ¿Qué opinan sobre la importancia que esta definición de desarrollo humano le da a los ingresos?

Notas[editar | editar código]

  1. Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD- (2009). Informe Desarrollo Humano. Nueva York p.1.
  2. Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD- (1990). Informe Desarrollo Humano. Nueva York p.34.

Crecimiento o aumento en el orden físico, intelectual o moral.

Dar el apoyo necesario para que una persona o personas con menos oportunidades puedan estar a la par con los demás. Un sistema educativo es equitativo cuando trata a todos los alumnos como iguales, favoreciendo especialmente a los más desfavorecidos, como defiende Rawls, en una redistribución proporcional a las necesidades. Todos los alumnos deben tener garantizado el “currículum básico” indispensable al término de la escolaridad obligatoria, es decir, aquel conjunto de saberes y competencias que posibilitan la participación activa en la vida.

(En fonología) Destrezas fonológica que consiste en distinguir los distintos “sonidos” o fonemas.

El género es un conjunto de valores, creencias e ideas sobre los comportamientos y actividades que en una determinada cultura son adecuados para las mujeres y los que son adecuados para los hombres, es decir, su identificación con la femineidad y con la masculinidad.

Son los pensamientos, sentimientos y comportamientos expresados dentro de un grupo particular, varía dependiendo de la cultura, la persona y la época

Término introducido por Le Boterf, entendido como los conocimientos, procedimientos y actitudes que es preciso emplear para resolver una situación. Unos son recursos internos, que posee la persona, tales como conocimientos, procedimientos y actitudes