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| style="border-radius:20%; border:solid 4px; border-color:#EE6891; padding:15px; width:70%"| En la audiencia de reparación, el Tribunal dictó una serie de medidas para resarcir las secuelas materiales, físicas y psicológicas tomando como base los Convenios y Tratados de Derechos Humanos, la Constitución Política de la República de Guatemala y el contenido del artículo 124 del Código Procesal Penal; que permitan la reconstrucción del tejido social de las mujeres y las comunidades.
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<div style="color:#F27C66;"><big>'''Reparación a cargo del Organismo Ejecutivo'''</big></div>
# El Ministerio de Educación deberá:
#* Mejorar la infraestructura de las escuelas en las comunidades de Sepur Zarco, San Marcos, Poombaac y La Esperanza;
#* Instalar un establecimiento de educación media bilingüe para niñas, adolescentes y mujeres;
#* Otorgar becas de estudio en los tres niveles educativos para toda la población de Sepur Zarco;
#* Incluir en los programas de estudio, libros de texto sobre el caso de las mujeres de Sepur Zarco.
# El Ministerio de Cultura y Deportes deberá:
#* Desarrollar proyectos culturales dirigidos a las mujeres de Sepur Zarco y su colectividad;
#* Junto al Ministerio de Educación deberán elaborar un documental que se re era al caso de las mujeres de Sepur Zarco;
#* Deberán traducir la sentencia del caso Sepur Zarco a los 24 idiomas mayenses.
# El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, a mediano plazo debe construir un centro de salud en la comunidad de Sepur Zarco.
# El Estado debe continuar con el trámite de tierras, iniciado por las personas desaparecidas, en la institución que actualmente corresponde.
# El Ministerio de la Defensa deberá incluir en los cursos de Formación Militar las temáticas de derechos humanos de las mujeres y legislación de prevención de violencia contra la mujer.
# El Estado de Guatemala a través del Ministerio de Gobernación deberá coordinar las medidas de seguridad para las integrantes de las organizaciones querellantes, víctimas y familiares.
<div style="color:#F27C66;"><big>'''Reparación a cargo de autoridades locales'''</big></div>
# La municipalidad de El Estor, Izabal, deberá construir en el plazo de un año un monumento que represente la búsqueda de justicia de las mujeres de Sepur Zarco.
# A través de los comités de desarrollo de las comunidades de Sepur Zarco, San Marcos, Poombaac y La Esperanza, se deberán realizar gestiones para dotar de los servicios básicos necesarios en las comunidades y viviendas de las víctimas.
<div style="color:#F27C66;"><big>'''Reparación a cargo de otros entes'''</big></div>
# El Ministerio Público MP debe continuar con la investigación para determinar el paradero de las personas desaparecidas en Sepur Zarco y sus alrededores.
<div style="color:#F27C66;"><big>'''Reparación a cargo de los sentenciados'''</big></div>
# Los señores Esteelmer Reyes y Heriberto Valdez Asig deberán pagar una caución económica a los familiares de las víctimas de desaparición forzada y a las once mujeres víctimas de violación sexual, esclavitud sexual y doméstica.
<div style="color:#F27C66;"><big>'''Reparación a cargo de las organizaciones querellantes'''</big></div>
# Las organizaciones querellantes deberán dar trámite para que se reconozca el 26 de febrero, como “Día de las víctimas de violencia sexual, esclavitud sexual y doméstica”, y deberán realizar la gestión.

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