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| '''Artículo 5''' El Ministerio de Educación, por medio de las instancias correspondientes con el apoyo del Ministerio de Finanzas Públicas, velará porque la Educación Fiscal se incorpore al currículo educativo nacional a partir del presente Ciclo Escolar, realizando las acciones pertinentes para su efectiva puesta en marcha, evaluación y seguimiento, como unidad de estudio. La aplicación de los módulos deberá contener teoría y práctica. | | '''Artículo 5''' El Ministerio de Educación, por medio de las instancias correspondientes con el apoyo del Ministerio de Finanzas Públicas, velará porque la Educación Fiscal se incorpore al currículo educativo nacional a partir del presente Ciclo Escolar, realizando las acciones pertinentes para su efectiva puesta en marcha, evaluación y seguimiento, como unidad de estudio. La aplicación de los módulos deberá contener teoría y práctica. |
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| <!---------==== Acuerdo Ministerial No. 35 de fecha 13 de enero de 2005 ==== | | <!---------==== Acuerdo Ministerial No. 35 de fecha 13 de enero de 2005 ==== |
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| === Cartas, declaraciones y convenios internacionales === | | === Cartas, declaraciones y convenios internacionales === |