Seguimiento y monitoreo

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Sistema de monitoreo y seguimiento de casos[editar | editar código]

El Ministerio de Educación a través del Área Jurídica de las Direcciones Departamentales elaborará un sistema de información que le permita dar seguimiento a los casos de violencia física, psicológica, sexual, y en casos originados por discriminación y racismo, de personas menores de edad de los niveles pre primario, primario y medio en sus dos ciclos: básico y diversificado, con el fin de contar con una base técnica de seguimiento de los mismos.

Así mismo se incluirá a aquellas personas jóvenes que teniendo dieciocho años y/o más se encuentren cursando el nivel básico o diversificado.

Este sistema de información le permitirá al Ministerio de Educación contar con un registro de identificación, atención y referencia de casos de niños, niñas y adolescentes que han sufrido alguna de las formas de violencia identificadas en las guías que forman parte del presente protocolo y referidas de conformidad a las rutas de referencia y contrarreferencia.

Para efectos de alimentar el sistema, cada Área Jurídica de las Direcciones Departamentales ingresará la información de conformidad a los siguientes formularios:

  1. Formulario inicial (boleta 1 de identificación, atención y referencia del caso de violencia) para ser utilizada por el Ministerio de Educación que contiene la información relativa a los datos de denuncia a lo interno del Ministerio de Educación. (Ver formulario 1 boleta de identificación) Para el llenado de esta boleta se seguirán los siguientes pasos:
    1. El Área Jurídica de cada Dirección Departamental llena el formulario al tener conocimiento de un caso.
    2. En el plazo máximo de 2 días se envía una copia de la misma a la Dirección General de la Coordinación de las Direcciones Departamentales de Educación (DIGECOR).
    3. DIGECOR envía expediente a Dirección de Asesoría Jurídica de la Dirección Departamental del Ministerio de Educación en los casos identificados, atendidos y referidos.
    4. La Dirección de Asesoría Jurídica de la Dirección Departamental del Ministerio de Educación procederá a enviar copia de dicho expediente en el plazo de 24 horas con dicha información a la Unidad de Equidad de Género con Pertinencia Étnica de la Dirección de Planificación Educativa, para su conocimiento y seguimiento.
    5. La Asesoría Jurídica envía un reporte de dicha información a la Sub-Dirección de Estadísticas de la Dirección de Planificación Educativa (DIPLAN) para la elaboración de los indicadores respectivos.
    6. La Asesoría Jurídica de la Dirección Departamental del Ministerio de Educación informa a la Dirección de Recursos Humanos si el hecho es constitutivo de delito por un maestro o maestra.
    Esta información permitirá conocer el número de casos de violencia detectados en personas menores de edad y referidos a las instituciones responsables de la atención inmediata.
  2. Formulario de referencia (boleta 2 de referencia institucional de casos de violencia para solicitar los servicios del Ministerio Público, Procuraduría General de la Nación y Otros) que contiene la información relativa a la ruta de contrarreferencia externa al Ministerio Público, Procuraduría General de la Nación u otras alternativas de atención de casos de violencia física, psicológica (maltrato) discriminación y racismo, o casos de acoso y hostigamiento sexual (Ver formulario 2 anexo). Para el llenado de esta boleta se seguirán los mismos pasos de la boleta uno.

Esta información permitirá establecer el número de casos derivados por violencia, racismo y discriminación; los servicios de protección proporcionados a la niñez y adolescencia, así también conocer cuántos de estos casos fueron remitidos a los órganos jurisdiccionales competentes.

De dicha información el Ministerio de Educación podrá sacar los siguientes indicadores:

Indicadores de Vigilancia: Número de casos detectados conforme las guías respectivas indicando la forma de violencia, edad, sexo, etnia e inclusive si se tratare de una persona mayor de 18 años estudiante del nivel primario, básico o diversificado.

Indicadores de Proceso: Número de casos atendidos y la resolución establecida por el Ministerio de Educación.

(En fonología) Destrezas fonológica que consiste en distinguir los distintos “sonidos” o fonemas.

Se refiere a las diferencias biológicas entre hombres y mujeres, las cuales vienen dadas por los cromosomas, las gónadas, las hormonas y los órganos sexuales. Es la corporalidad, el funcionamiento y forma del cuerpo. Es algo innato, biológico, que cambia de forma y funcionamiento de acuerdo a la edad.