Ir a la navegación
Ir a la búsqueda
Busca en cnbGuatemala con Google
5 bytes añadidos
, hace 11 años
Línea 243: |
Línea 243: |
| | | |
| | | |
− | ==== Convenio de los Derechos del Niño (1989), Ratificado en 1990 ==== | + | ==== Convención sobre los Derechos del Niño (1989), Ratificado en 1990 ==== |
| | | |
| 1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular: | | 1. Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a la educación, a fin de que se pueda ejercer progresivamente y en condiciones de igualdad de oportunidades ese derecho, deberán en particular: |
| :b. Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria, | | :b. Fomentar el desarrollo, en sus distintas formas, de la enseñanza secundaria, |
| incluida la enseñanza general y profesional, hacer que todos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella, y adoptar medidas apropiadas, tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad. | | incluida la enseñanza general y profesional, hacer que todos los niños dispongan de ella y tengan acceso a ella, y adoptar medidas apropiadas, tales como la implantación de la enseñanza gratuita y la concesión de asistencia financiera en caso de necesidad. |
− |
| |
| | | |
| ==== Convenio 182 Sobre Peores formas de Trabajo Infantil (1999), Ginebra, Suiza. ==== | | ==== Convenio 182 Sobre Peores formas de Trabajo Infantil (1999), Ginebra, Suiza. ==== |